El pleno del Consell ha aprobado el decreto Ley de Horarios Comerciales de la Comunitat Valenciana, que regula los criterios para solicitar la declaración de Zonas de Gran Afluencia Turística por parte de los municipios y, por tanto, para que los comercios puedan tener libertad horaria. Una de las novedades es la inclusión de la figura del turismo de compras, en el caso de que al menos el 40 % de los clientes en los seis meses anteriores sean residentes en municipios a más de 100 kilómetros de distancia del área comercial. El conseller Máximo Buch ha señalado que Alfafar, donde en junio fue inaugurada la primera tienda IKEA en Valencia, no cumple los requisitos para ser Zona de Gran Afluencia Turística, pero podría darse el caso de que la tienda de la multinacional cumpla los que se establecen para el "turismo de compras" lo que sí permitiría la apertura de todos los domingos y festivos. "Tendría que acreditar que el 40% de sus clientes viven a más de 100 kilometros de distancia de Alfafar, cuando creo que han reconocido que no llegan al 10%". IKEA ha sido sentenciada.
Los criterios establecidos por el Gobierno valenciano limitan los municipios que podrán acogerse a esta declaración, lo que ha provocado que el sector de las grandes superficies no apoye esta norma. Al respecto, el conseller de Economía, Industria, Turismo y Empleo, Máximo Buch, ha destacado que el texto ha obtenido "el consenso del 90 por ciento del sector del comercio".
El 6 de julio IKEA Alfafar abrió por primera vez un domingo. |
El titular de Economía ha justificado la necesidad de esta ley, dadas las "dudas" y las "interpretaciones dispares" que generaba la normativa básica estatal. Asimismo, ha defendido su tramitación urgente para que pueda llegar a las Corts antes de que finalice la actual legislatura, dada la "judicialización" del tema por las reclamaciones presentadas.
Según se recoge en el decreto ley, para que una zona sea declarada de Gran Afluencia Turística y, por tanto, tenga libertad para determinar los días y horas de apertura comercial, se deberá acreditar la existencia de, al menos, 15 plazas de alojamiento turístico por cada 100 habitantes, durante el verano y Semana Santa. Para otros periodos distintos, deberá ser superior al 50%.
También podrán solicitar esta declaración los municipios que cuenten con al menos un 20 por ciento de segundas residencias en relación con las viviendas totales. Para periodos diferentes, se deberá acreditar que el volumen de generación de residuos sólidos urbanos en la zona sea superior en un 50% a la media anual del año anterior.
Asimismo, podrán optar a esta declaración las zonas declaradas Patrimonio de la Humanidad o que cuenten con algún bien inmueble de interés cultural (BIC) entre su patrimonio histórico-artístico. Para ello, deberán acreditar la recepción de al menos 300 visitas diarias en domingos y festivos, la existencia de promoción de estos recursos y que el 20% de los visitantes procedan de municipios de más de 100 kilómetros de distancia. En este caso, la declaración podrá extenderse a un perímetro de hasta 1.000 metros.
También se habilita la posibilidad de libertad horaria en el caso de grandes eventos deportivos o culturales durante los días de su celebración, incluyendo el día anterior y posterior, y para el ámbito territorial de influencia inmediata, con un máximo de 1.000 metros alrededor.
Además, existe esta posibilidad en el caso de zonas comerciales también en un perímetro de hasta 1.000 metros entorno a áreas portuarias en las que operen cruceros turísticos y registren una afluencia de más de 40.000 cruceristas al año, y solo para los días de permanencia del crucero.
Festivos autorizados a IKEA Alfafar en 2014. |
Respecto al resto de comercios ajenos a las Zonas de Gran Afluencia Turística, el conseller ha explicado que se mantiene que el horario comercial durante el conjunto de los días laborales sea de hasta 90 horas semanales y se confirma la habilitación de diez domingos o festivos al año en los que los comercios podrán estar abiertos al público.
El calendario de domingos o festivos se determinará mediante resolución de la Conselleria, previa audiencia del Observatorio del Comercio Valenciano. No obstante, se faculta a los ayuntamientos para que puedan sustituir hasta dos domingos o festivos habilitados por dos días festivos en su ámbito local.
Asimismo, cuando exista una acumulación de domingos y festivos por ser consecutivos, los ayuntamientos podrán solicitar la habilitación de, al menos, uno de ellos, siempre que exista petición de parte interesada, para que "nadie se quede desabastecido durante 48 horas". Estos días no computarán en los diez. Por su parte, los establecimientos de menos de 30 metros cuadrados, así como los dedicados a productos de pastelería, pan, platos preparados, prensa, combustible, carburantes, flores y plantes tendrán "flexibiliadad" horaria.